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El Congreso de los Diputados aprueba la Ley contra el Fraude, que prohíbe las amnistías fiscales y amplía el listado de deudores a la Hacienda Pública

Congreso de los Diputados

El Congreso de los Diputados ha aprobado este martes el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, con lo que ahora la norma proseguirá su trámite en el Senado.

Se trata de una medida que aprobó el Consejo de Ministros el pasado 13 de octubre y que forma parte del Plan de Recuperación que remitió el Gobierno a la Comisión Europea el pasado 30 de abril. En concreto, la Ley de Lucha contra el Fraude forma parte del componente 27 del Plan, el denominado ‘Medidas y actuaciones de prevención y lucha contra el fraude fiscal’.

La Ley incorpora medidas para combatir el fraude tributario ligado a las nuevas tecnologías, permitirá perseguir los comportamientos inadecuados de las grandes empresas y contribuirá a evitar la planificación fiscal abusiva. Asimismo, la norma contiene actuaciones para reducir la litigiosidad con los contribuyentes y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.

En concreto, la figura legal, por razones de justicia tributaria, prohíbe la aprobación de amnistías fiscales, dado que se entiende que éstas suponen una discriminación hacia los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones fiscales. Las amnistías fiscales permiten regularizar patrimonios no declarados en condiciones más ventajosas que si hubieran tributado de manera habitual y normal.

Otra medida que incluye la Ley es el aumento de la potencia de una de las herramientas que existe en la lucha contra el fraude: la lista de deudores a la Hacienda Pública. En concreto, la norma reduce desde 1 millón hasta 600.000 euros el importe de la deuda tributaria que implica la inclusión de un contribuyente a ese listado. De esta forma se refuerza la misión de la medida consistente en dar publicidad de los incumplimientos tributarios con un objetivo ejemplarizante.

Además, el texto legal contempla que en la lista han de incluirse, no sólo los deudores principales, sino también aquellos que se declaren responsables solidarios de la deuda por sus conductas activas o por omisión.

Contra el software que se emplea para ocultar ventas

En el ámbito empresarial, la Ley introduce por primera vez la prohibición del denominado software de doble uso. En concreto, la norma impide la producción, la tenencia o el uso de sistemas y aplicaciones informáticas de gestión contable que consiguen manipular y falsear la contabilidad de las empresas, con el objetivo de ocultar a ojos de la Administración Tributaria una parte de su facturación y así rebajar la factura fiscal. Cada año, el empleo de estos programas produce pérdidas de ingresos públicos que excederían de varios miles de millones de euros.

La norma exige que los sistemas electrónicos utilizados en la contabilidad o la gestión empresarial se ajusten a unos requisitos que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de las operaciones.

El Proyecto de Ley también rebaja la limitación del pago en efectivo para determinadas operaciones económicas desde los 2.500 hasta los 1.000 euros, en el supuesto de operaciones entre empresarios. Se ha constatado que la utilización de medios de pago en efectivo en las operaciones económicas facilita comportamientos defraudatorios. Con la limitación del metálico, se facilitará la trazabilidad y la posibilidad del rastreo de las operaciones y se dificultará que se incurra en prácticas fraudulentas.

Otra medida que se incluye en el texto normativo es la revisión de las jurisdicciones integrantes de la lista de paraísos fiscales. La evolución del concepto de paraíso fiscal al de jurisdicción no cooperativa en los foros internacionales OCDE y Consejo de la Unión Europea hace necesario aplicar regulaciones más exigentes y coordinadas internacionalmente.

Fuente: Moncloa

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