Las ayudas para parados de larga duración son para las personas que llevan un largo periodo de tiempo sin trabajar. Oscila entre los doce meses o más que se encuentren inactivos ininterrumpidamente. El organismo encargado de este trámite es el SEPE.
Se relaciona con la inserción al campo laboral y el pago de prestaciones correspondientes. Los más afectados, en este caso, son las personas mayores de cuarenta años que son los más vulnerados al momento de solicitar empleo.
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Requisitos generales para solicitar las ayudas para parados de larga duración
Las ayudas de larga duración son otorgadas a personas que llevan un año o más sin trabajar. Dicho subsidio, solo puede ser cobrado durante un periodo máximo de dos años. Pasado este tiempo, si no consigue trabajo deberá optar por las ayudas que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal.
Dependiendo del colectivo o la edad de la persona, tendrán la opción para acceder a los diversos tipos de subsidios. Todas estas, son destinadas a los desempleados que no encuentran vacantes y llevan más de un año en el intento. Entre los requisitos solicitados, para efectuar la inscripción, están los siguientes:
- Estar en una búsqueda constante y activa del nuevo empleo.
- Estar registrado durante todo este tiempo en el Servicio de Empleo Estatal.
- Haber agotado todas las prestaciones y las ayudas ordinarias
- No poseer rentas.
Tipos de ayudas para parados de larga duración
En este año 2020 son varias y dependerán de diversos parámetros. Por consiguiente, hacemos mención de las más importantes.
Renta activa por inserción (RAI)
Este tipo de ayuda equivale a un beneficio de 430 euros que son otorgados mensualmente. Dicho subsidio se podrá disfrutar por un periodo de once meses que puede renovarse durante tres años consecutivos. De este tipo de beneficio, existen cuatro tipos, de los cuales, dos aplican para los parados de larga duración.
- RAI para emigrantes que retornaron al país, mayores de 45 años.
- RAI para las víctimas de violencia de género o violencia doméstica.
- El RAI para los desempleados de larga duración, que son mayores de 45 años.
- RAI para desempleados de larga duración o con discapacidad.
Para ello, la persona tendrá que estar registrada de manera activa por un periodo de doce meses o más. Por lo tanto, deberán cumplir con los requisitos generales establecidos por el organismo competente.
Subsidio extraordinario por desempleo (SED)
Este tipo de ayuda solamente es proporcionada a los desempleados que se consideran parados de larga duración. Entre los requisitos para optar a este tipo de beneficio están los siguientes:
- Carecer de cualquier renta.
- Ser responsable de un grupo familiar, como hijos de menos de veintiséis años o cónyuge.
- No haber sido beneficiado en ningún momento por las ayudas del Programa de Activación de Empleo (PAE).
Antes de solicitar esta ayuda se recomienda buscar otras alternativas de subsidios ordinarias. Como por ejemplo, cotizaciones insuficientes, prestaciones por paro o ayuda familiar. Después del vencimiento de estas prestaciones, será necesario esperar que transcurran quince días o más para solicitar las ayudas por larga duración.
Requisitos para solicitar el RAI para mayores de 45 años: parados de larga duración
Los requisitos para optar a este tipo de ayudas deben mantenerse durante el tiempo que perdure el beneficio y al momento de solicitar la prestación. Entre ellos destacan:
- Ser mayor de 45 años y menor de 65.
- Estar inscrito en el paro con, al menos, 12 meses. Es decir, estar en condición de desempleado de larga duración.
- Carecer de ingresos propios. El solicitante de la RAI no debe exceder el límite de 712,50 euros por mes.
- Haber participado activamente en la búsqueda de empleo.
- Pertenecer a una unidad familiar que no supere el promedio tope de ingresos.
Requisitos para solicitar el RAI para personas con discapacidad: parados de larga duración
Para optar a este beneficio se debe cumplir con los siguientes parámetros:
- Estar en condición de desempleo.
- Ser menor de 65 años.
- Tener un 33% o más de incapacidad.
- Tener una incapacidad permanente, igual o superior a 33%.
- Haber agotado la prestación por desempleo o un subsidio, durante algún momento anterior en su vida laboral.
- Llevar inscrito en el paro, por al menos 13 meses.
- No haber solicitado este beneficio durante tres veces. Solo se pueden solicitar tres anualidades de RAI, es el límite.
Rentas de integración de las Comunidades Autónomas
Este tipo de beneficio tiene por finalidad mantener completamente protegidas a las personas que llevan mucho tiempo esperando por un empleo. Dichos desempleados, no logran incorporarse al campo laboral y ya agotaron todos los subsidios y prestaciones ordinarias que existen.
Dependiendo del organismo al que se dirijan, varían sus requisitos. Esto se debe a que cada localidad tiene su autonomía. En este sentido, al solicitar las ayudas de larga duración tendrán que acudir al Departamento de Servicios Sociales de su comunidad.
Las personas mayores de 52 años, para solicitar el beneficio, solo necesitarán una revisión de las rentas del beneficiario y del solicitante. Por otra parte, para aplicar también tendrán que tener cotizaciones por no menos de seis años durante toda su vida laboral. Para finalmente, demostrar que se cuentan con todos los requisitos para la pensión contributiva, exceptuando la edad.
Ayudas que ya no están vigentes
Anteriormente, existían dos tipos de ayudas para estos casos de desempleo que estuvieron vigentes hasta el año 2018. Eran denominadas como programa de activación para el empleo (PAE) y el Plan Prepara. Desde el día que desaparecieron, en España, se redujo de manera significativa la atención a los desempleados de larga duración.
Al sustituir dichos planes por la ayuda de SED dejaron sin cobertura a algunas personas desempleadas. Como por ejemplo, los que no tienen cargas familiares o los que todavía no cumplen los 45 años reglamentarios.
Con el plan prepara, que anteriormente se ofrecía, las personas sin familia o con menos de 45 años solicitaban ayudas. Las mismas solían ser por un monto de 400 euros mensuales, durante seis meses consecutivos.
Hola Tengo una incapacidad permanente con un grado del 65 % en la actualidad no tengo ningún ingreso del inem, solo dispongo de un piso que he tenido que alquilar,, porque no puedo vivir en el, comparto piso y voy tirando de los 680 e, del piso donde pago hipoteca más los impuestos, gracias y un saludo