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¿Qué desgravaciones fiscales tiene el renting en autónomos y empresas?

Furgoneta de renting

Como el servicio de renting se considera un desembolso por parte de la administración de un negocio, tanto empresas como autónomos pueden, según las normativas legales, desgravarse hasta un 100 %, deduciendo con ello sus cuotas del pago por el Impuesto Sobre la renta a Personas Físicas (IRPF) o de las que correspondan al Impuesto sobre Sociedades (IS), según sea el caso.

Las leyes establecen algunos beneficios o ventajas en algunos aspectos fiscales para las empresas y autónomos, con el fin de incentivarlos para que continúen con su aporte al desarrollo de la nación. Una de esas áreas en las que tienen ciertos privilegios es en las desgravaciones que pueden hacer por el pago de algunos servicios, entre ellos el renting de vehículos.

Por ejemplo, cualquier empresa o autónomo que necesite alquilar furgonetas en Gran Canaria, podrá deducir las cuotas hasta en un 100 %, siempre y cuando se demuestre que el alquiler de dichos vehículos es necesario para el desarrollo de las actividades de la empresa y que se cumpla con los requisitos establecidos en las normativas.

Con el IVA también se puede deducir hasta el 100 % en las cuotas mensuales, para lo cual el arrendatario del vehículo de renting lo debe tener dedicado exclusivamente a su actividad empresarial o profesional.

Para comprobar que un coche sea de uso exclusivo para las funciones empresariales, se puede recurrir a cualquier medio admisible en Derecho. Además, la agencia tributaria revisa ciertos aspectos, como puede ser que tenga un logo serigrafiado, o bien, que esté aparcado en el garaje de la empresa durante los fines de semana y periodos vacacionales, entre otros más.

¿Cómo conseguir la deducción fiscal por el renting?

Al comprobar que el vehículo alquilado en renting es de uso exclusivo para generar recursos para la empresa o para el ejercicio de la profesión, y no se usa con fines particulares, se puede disfrutar de las ventajas fiscales del renting, para lo cual solo hay que presentar los siguientes documentos en la oficina fiscal:

  • Factura del vehículo.
  • Contabilización detallada.
  • Correlación de ingresos.
  • Imputación temporal.
  • Imputación territorial.

Otras deducciones fiscales

También se puede tener deducciones en diversos gastos relacionados con el renting. Para desgravar los gastos del renting, en el caso de los autónomos, estos tienen que detallarlos como gastos deducibles al IRPF cuando se haga la correspondiente declaración de la renta. En el caso de las empresas, estas harán lo propio ante la declaración del IS.

Una vez hecha la declaración, un asesor fiscal visitará la empresa para verificar que el vehículo declarado como gastos de renting, efectivamente es de uso exclusivo para la actividad empresarial. El funcionario hará todas las revisiones pertinentes y determinará si procede o no la solicitud de desgravamen por los conceptos mencionados.

Si en efecto el coche solo presta servicios a la empresa o es de uso profesional no habrá problemas y se aprobará la deducción fiscal solicitada, que será de por lo menos del 50%.

Ventajas del renting para autónomos y empresas

Las deducciones fiscales son un beneficio del que no pueden gozar los usuarios particulares que alquilan vehículos de renting; mientras que los autónomos y empresas sí lo tienen, tal como se ha comentado.

Pero, además, tienen otras ventajas, propias de la modalidad de renting, entre las que destacan:

  • Olvidarse completamente de los gastos por servicios de mantenimiento, seguro, sustitución de neumáticos, fallos mecánicos, impuestos y demás otros relacionados con el uso de un coche, por cuanto la empresa propietaria que lo alquila se encarga de todo.
  • Se puede disfrutar de un coche nuevo con solo pagar una cuota mensual, sin tener que pagar los gastos que implica comprarlo en el concesionario.
  • Se pueden elegir una variedad de coches, todos adaptados a las necesidades de trabajo de una empresa o autónomo.
  • Algunas agencias brindan la posibilidad, una vez acabado el contrato de renting, de que el cliente pueda negociar para comprarlo, o en su defecto, renovar el contrato por el renting de otro coche nuevo.

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